¡¡Larguense!! ¡¡Larguense!! ¡¡Larguense!! gritaba chela el 13 de diciembre del 2017, mientras veía como la policía con un tractor destruia sus cultivos y tumbaba su casa – Han pasado 8 años – y aunque volvieron a reconstruir la casa y a cultivar la tierra, chela no ha podido regresar – ella carga en su corazón aquel dolor como si lo estuviera viviendo hoy – su finca, aquel lugar por el que estaría dispuesta a dar su vida, es también donde está sembrado su mayor temor.
Durante los 13 años que llevamos acompañando a la comunidad del Guayabo hemos tenido el privilegio de ser testigos de su resistencia, es una bendición caminar a su lado mientras defienden su territorio, escuchar sus historias mientras recorremos los humedales, reírnos con ellos mientras trabajan en sus fincas, llorar a su lado durante los desalojos; estar con ellos cuando recibieron la llamada para informarles que fueron reconocidos colectivamente como sujeto de reparación, llorar de felicidad al comprender lo que eso significa para ellos y gritar de emoción al ver los frutos de 13 años de caminar juntas.
La comunidad del Guayabo fue reconocida como sujeto de reparación colectiva, con este reconocimiento entran en una etapa para determinar qué acciones han de implementarse para reparar los daños que sufrieron con motivo y en razón del conflicto armado.
La Ley 1448 de 2011 y Los Decretos Ley 4633, 4634 y 4635 de 2011, crearon un conjunto de medidas administrativas individuales y colectivas, que protegen a las víctimas de violaciones a los Derechos Humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario ocurridas con ocasión del conflicto armado interno, estas garantías tienen la vocación de posibilitar el goce efectivo de los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y garantías de no repetición, reconociendo su condición de víctimas y dignificándolas a través de la materialización de sus derechos constitucionales.
Uno de los aportes fundamentales de la Ley de Víctimas es el reconocimiento de los daños sufridos colectivamente y su respectiva reparación, esto con el fin de contribuir al resarcimiento desde los componentes político, material y simbólico, a través de las medidas de restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición.
En teoría el reconocimiento es un mero ejercicio enunciativo, es decir, viene a afirmar las historias de resistencia de las comunidades y la violencia que sobrevino hacia ellas por el hecho de exigir garantías mínimas para vivir dignamente en sus territorios; en la práctica es un ejercicio de memoria, donde las comunidades convierten en relato todas esas heridas que han atravesado sus vidas y sus cuerpos.
Tenemos la esperanza de que con este reconocimiento la comunidad logre sanar las heridas que permanecen en el territorio y que son un fiel reflejo del miedo y del dolor que les acompañan mientras siguen transitando el largo camino de la defensa por los derechos humanos.